Caso Fuerteventura

15 de junio de 2016. MIGUEL, UNA PERSONA INOCENTE, LLEVA 295 DÍAS EN PRISIÓN POR UNA SENTENCIA INJUSTA DICTADA POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA PALMAS DE GRAN CANARIA. NUESTRO APOYO PARA EL.

Y otra nueva injusticia más. Miguel ingresó ayer en prisión para cumplir una pena de 3 años y 6 meses siendo inocente.   

“Tengo una buena noticia. Al fin, nuestro amigo Miguel, en prisión en Canarias por un delito que no ha cometido, le pusieron 3 años de prisión, está disfrutando su primer permiso. Nos ha costado conseguirlo. No obstante, hemos conseguido que se lo concedieran. En la justicia española, cuando una persona es acusada, siendo inocente, si no se declara culpable, le condenan a la pena máxima y cumple íntegramente la condena, sin ningún permiso. En este caso, el de Miguel, habiendo sido condenado, siendo inocente, después de haber cumplido dos años de prisión de los 3, le han concedido un permiso de 5 días.” 

20 de julio de 2017

La Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria condena a Miguel, un hombre inocente, a una pena de 3 años y medio de prisión.
Sentencia infundada, violando el art.. 24 de la Constitución Española, la presunción de inocencia.
Le han condenado sin ninguna prueba, sin testigos, sin nada. Únicamente con la declaración incongruente de una persona.
Ante la denuncia que se ha puesto contra la denunciante por presunto delito de estafa procesal y denuncia falsa, más el recurso de Amparo que se está preparando para presentarlo ante el Tribunal Constitucional, se presentó el recurso de súplica para que se paralizara su ingreso en prisión. Pese a todo  la Audiencia de Las Palmas  insiste en su ingreso en prisión y ayer por la tarde Miguel acudió de forma voluntaria al centro penitenciario.

​27 de agosto de 2015​

Impresiones y conclusiones sobre la vista oral del caso Fuerteventura

Habiendo visto el vídeo de la vista oral celebrada en noviembre de 2014 en la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria en el se juzga a Miguel por un presunto delito de abuso sexual, estas son mis conclusiones:

Da la impresión que Miguel está condenado ya de antemano, que en ningún momento se ha respetado la presunción de inocencia a la que todos tenemos derecho según el art. 24 de la Constitución Española, no me extraña que luego en la sentencia intenten largamente justificar lo injustificable. ¿Por qué? ¿Miedo a la reacción social a absolver a un hombre inocente ante este tipo de delito?.

Primero me voy a referir a mis  impresiones sobre los testimonios de Z., (la denunciante y presunta víctima que en el momento de los hechos tenía 12 años y en el del juicio 15) y de  C., (amiga de Z.  e hija del acusado que en el momento de los hechos tenía 9 años y en el del juicio 12).

  • A la menor denunciante, Z., en su declaración la guían y la ayudan todo el tiempo, especialmente el fiscal del caso, para que respondan lo que ellos quieren que responda.Amén de preocuparse en todo momento por su estado y el de su madre que le acompaña en el momento de dicha declaración. Trascribo literalmente lo que les dice el juez que preside cuando Z. termina de declarar:  “bueno ha concluido ya su declaración eh..  o sea que ya puede dejar de estrujar la mano a su madre creo que la va vamos , de está tendrá que hacerle un masajito porque se la ha dejado hecha polvo. Pueden las dos abandonar la sala y en nombre de la sala, pues si le hemos hecho pasar un mal rato le pido disculpas pero yo creo que era inevitable a las dos por eso”.
  • En cambio, a la menor C., hija del acusado,  en el momento de su declaración  la intentan confundir todo el rato y  la cuestionan todo lo que dice.El fiscal la acosa descaradamente para que conteste lo que supuestamente le contestó a Z. cuando ésta le dijo que “su padre era un pederasta y que le había tocado”. ¿Es relevante que una niña de 9 años conteste a su amiga, tres años mayor que ella y a la que seguro que admira un montón, “ojalá vaya a la cárcel”? ¿Eso va a dar mayor o menor credibilidad al testimonio de Z.?.  Y por otra parte, en ningún momento los magistrados y el fiscal se preocupan por el estado de C. y de su madre ¿no están pasando ellas también un mal rato? ¿no se merecen ellas una atención especial por parte del tribunal?.
Sobre los testimonios de los peritos: N. y C. peritas clínicas de la acusación y A. perito de la defensa.
  • Aquí, más de lo mismo, a A., el perito de la defensa,  le cuestionan todo y le intentan desacreditar durante toda su declaración, tanto el fiscal como los magistrados. Sus métodos y su evaluación técnica del trabajo realizado por las peritas de la acusación, no son válidos.  Para A. el informe sobre la credibilidad del testimonio de la menor es “claramente no riguroso”,  ya que la única prueba objetiva que se efectúa a la menor Z.,  es un test de personalidad que no aporta información fiable en relación a lo que es la credibilidad del testimonio de esta. También cuestionan su formación.
Transcribo un pequeño trozo de la declaración, lo que el juez que preside le contesta al perito A. cuando este  le pide permiso para hacer una matización y el juez supuestamente se la concede, digo supuestamente porque no le deja hablar:
     – Perito A.: “si, quería hacer una matización eh,  en base a lo que es  la rigurosidad que debe de presidir cualquier tipo de informe de este tipo, estamos hablando de abusos sexual es y eh…  conclusiones sobre las que se pueden derivar importantísimas decisiones judiciales”
     –Juez que preside: “Mire todo eso ya lo sabemos, osea,  la clase para otro día, entonces si tiene alguna precisión a lo que han dicho las señoras y si no yo ya doy por acabada la sesión”.
    – Perito A.: “La precisión es que endiento que se haga un informe de este tipo debido a la sobrecarga de trabajo de 6 páginas con renglones así ”
  • Sin embargo el trabajo de las peritas de la acusación N. y C., que no importa qué métodos hayan utilizado, ni cuantos, ni si incluyen o deberían incluir informes o no, son perfectamente válidos. Aquí me ha hecho gracia cuando la perito C. resalta que Z. es una buena chica porque siente empatía por su madre y por su amiga C. por lo que están sufriendo por todo esto. Desde mi punto de vista puede sentirla tanto si dice la  verdad como si miente, el daño está ahí.



Por último voy a transcribir también algunos trozos de las conclusiones que saca el fiscal sobre esta declaración, en las que se puede ver la diferencia en el trato a las peritas de la acusación  ̶  y a su trabajo  ̶  y al perito de la defensa.      “…. Yo vengo a decir que en, según palabras literales del propio perito propuesto por la defensa, en 6 folios a doble espacio o a ese espacio hombre que no, que había que poner más,  pues a lo mejor podemos criticar a las peritos forenses de no haber sido más explícitas en esos 6 folios pero no de hacer mal trabajo. Pero es que ellas también lo han aclarado es que para eso estamos aquí, estamos aquí y hemos venido para que le pregunten cualquier dato ¿cuántas entrevistas… es que usted no puso..? no, mire usted que hicimos dos, es que no, es que usamos este método, para algo vienen,  es que simplemente tienen que hacerlo de folio, yo agradezco sinceramente cuando  se pone un informe que sean 6 y si pueden ser en 2 mejor y si puede ser en 1 fantástico y ya tenemos  la posibilidad de explayar, de coger y de extendernos eh esa vocación entiendo que se tilde…en absoluto mancha o merma las conclusiones que tiene ese informe pero digo, con todo lo relativo de ese informe….”

Y el fiscal sigue con sus “perlas” en un ambiente muy distendido. Anteriormente les había preguntado a las peritas por su experiencia profesional, habiéndole contestado N. que trabaja desde 1991 en el gobierno de Canarias  y C. desde el 2009.

     “….. y por qué Z. tiene esa reacción, yo entiendo que hay una explicación que no la da  ese informe tan cuestionado por el señor A. y que nosotros, pues creemos que perfectamente es válido de las dos psicólogas forenses y clínica, que casi estaría por decir que se han equivocado en la fecha de 1991 porque es conocido que las mujeres no cumplen nunca ninguna más de 20 años, solamente se conoce que la reina madre de Inglaterra creo que alcanzó los 21, pero esto dicho perdón casi parece, no, no, en fin, no es cuestión de decir más peso una experiencia digamos muy sobrada y alguna justificación absolutamente razonable”.

Y esto es solo lo que más me ha llamado la atención   ̶  por ser a mi parecer lo más descarado  ̶̶  aunque todo el juicio parece una farsa  y da la impresión que la sentencia estaba dictada antes de la vista. Yo no veo que se respete en ningún momento la presunción de inocencia del acusado, sin embargo, sí que me da la impresión de que algunos están disfrutando del momento, están pasando un rato agradable, y me parece estupendo que uno disfrute en la realización de su trabajo, pero chicos… vuestro trabajo es muy serio y estáis jugando con la vida de una persona.

Justicia Para Todos – 27 de agosto de 2015